Qué hay que limpiar en un centro de trabajo, con qué frecuencia y en qué condiciones deben hacerse las tareas de limpieza, según el anexo II del Real Decreto 486/1997 sobre lugares de trabajo.
Qué recoge
- El Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, fija las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. Su artículo 5 establece que el orden, la limpieza y el mantenimiento deben ajustarse a lo que dispone el anexo II.
- Las zonas de paso, las salidas y las vías de circulación, en especial las de evacuación, deben permanecer libres de obstáculos para que puedan usarse sin dificultad en todo momento.
- Los lugares de trabajo, sus equipos y sus instalaciones se limpian periódicamente y siempre que sea necesario para mantenerlos en condiciones higiénicas adecuadas. Por eso, suelos, techos y paredes deben permitir esa limpieza y ese mantenimiento.
- Los desperdicios, las manchas de grasa, los residuos de sustancias peligrosas y otros productos residuales que puedan causar accidentes o contaminar el ambiente de trabajo deben eliminarse con rapidez.
- Las operaciones de limpieza no pueden ser en sí mismas una fuente de riesgo para quien las realiza ni para terceros: deben hacerse en el momento, de la forma y con los medios más adecuados.
- Las instalaciones necesitan un mantenimiento periódico, y las deficiencias que afecten a la seguridad y la salud deben corregirse con rapidez. Si hay ventilación mecánica, debe funcionar correctamente y contar con un sistema que avise de las averías cuando sea necesario para la salud de los trabajadores.
Por qué importa a las empresas de limpieza
Mantener limpio un centro de trabajo es una obligación de prevención de riesgos laborales para cualquier empresa, no solo una cuestión de imagen, y muchas la encargan a empresas especializadas. Las empresas de limpieza la cumplen por partida doble: en las instalaciones de sus clientes y en su propia forma de trabajar, eligiendo el momento, los productos y los equipos para que la limpieza no genere riesgos. En weblimpieza.com: empresas de limpieza de oficinas y limpieza industrial.
Documento oficial
Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo (se abre en otra pestaña). Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Publicado en el BOE núm. 97, de 23 de abril de 1997, y en vigor desde el 23 de julio de 1997 (texto consolidado).


















