Resolución de la Dirección General de Trabajo con las fiestas laborales de 2023 en cada comunidad autónoma, incluidos los traslados de festivos en domingo.
Qué recoge
- Recoge las fiestas laborales de 2023, tanto las de ámbito nacional como las de cada comunidad autónoma.
- Las fiestas comunes a todo el país son el 6 de enero, el 7 de abril (Viernes Santo), el 1 de mayo, el 15 de agosto, el 12 de octubre, el 1 de noviembre y el 6, el 8 y el 25 de diciembre.
- Como el 1 de enero de 2023 cae en domingo, varias comunidades lo trasladan al lunes 2 de enero, entre ellas Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla y León y Murcia.
- Ese traslado se basa en el artículo 45.3 del Real Decreto 2001/1983, que permite pasar al lunes siguiente las fiestas que coinciden en domingo.
- La resolución es de 7 de octubre de 2022 y se publicó en el BOE el 14 de octubre.
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Documento oficial
Resolución de 7 de octubre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2023 (se abre en otra pestaña). Ministerio de Trabajo y Economía Social – Dirección General de Trabajo, 14 de octubre de 2022.


















